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lunes, 1 de diciembre de 2014

Reforma fiscal

El Gobierno enmendará finalmente la reforma fiscal para introducir modificaciones en la medida que se refiere a la supresión de los coeficientes de abatimiento y corrección por la evolución de los precios sobre las plusvalías en la venta de viviendas adquiridas antes de 1994.
Fuentes gubernamentales confirmaban ayer a Europa Press que se baraja "tocar" los propios coeficientes o bien modificar las condiciones de modo que permitan lograr exenciones en la tributación por plusvalías. Hoy, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en la sesión de control al Gobierno en el Congreso, ha anunciado que en la tramitación de la reforma fiscal en el Senado se mejorará el tratamiento de las plusvalías por venta de vivienda y de los coeficientes de actualización y abatimiento en el IRPF, que pueden provocar un aumento de la tributación.
reforma fiscal
Montoro respondía así a la pregunta del diputado del PSOE Pedro Saura sobre cómo justifica la carga fiscal a las rentas medias que supone su reforma para quienes vendan una vivienda antigua. El ministro ha destacado que no es lógico que el tratamiento fiscal de las plusvalías sea distinto para una vivienda adquirida antes de 1994 que para otra comprada a partir de 1995.
Actualmente, los coeficientes de abatimiento permiten a los contribuyentes rebajar las plusvalías que obtienen de las ventas de estas casas compradas antes de 1994 y reducir así lo que tenían que pagar a Hacienda. Según el Gobierno, ello supone una inequidad respecto a los que compraron la vivienda tras esa fecha. Con la reforma fiscal , tal y como está planteada actualmente, muchos propietarios de viviendas compradas antes de 1994 que decidieran venderla a partir de 2015 se verían obligados a pagar en impuestos hasta un 55% más que si vendieran antes de que terminase 2014.
Esto es así porque, según la reforma fiscal, desde el 1 de enero de 2015 se tributará por el 100% de la ganancias con independencia de la fecha de adquisición del inmueble. La legislación vigente establece que están exentos de tributación por las ganancias en la venta de viviendas aquellos que reinviertan el dinero en la compra de otra vivienda habitual o los mayores de 65 años que dediquen esos ingresos a una renta vitalicia, entre otros.

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